Declaración de Seneca Falls (1848)
En 1848 se celebró en Seneca Falls (Nueva York) la primera convención sobre los derechos de la
mujer en Estados Unidos. Organizada por Lucretia Mott y Elizabeth Cady Stanton. El resultado fue
la publicación de la "Declaración de Seneca Falls" (o "Declaración de sentimientos", como ellas la
llamaron), un documento basado en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos en el
que denunciaban las restricciones, sobre todo políticas, a las que estaban sometidas las mujeres:
no poder votar, ni presentarse a elecciones, ni ocupar cargos públicos, ni afiliarse a organizaciones
políticas o asistir a reuniones políticas.
[fragmento; declaración completa en: www.unifemandina.org/unifem/01_09/pandora.htm ]
CONSIDERANDO:
Que está convenido que el gran precepto de la naturaleza es que "el hombre ha
de perseguir su verdadera y sustancial felicidad". Blackstone en sus Comentarios
(1) señala que puesto que esta Ley de la naturaleza es coetánea con la
humanidad y fue dictada por Dios, tiene evidentemente primacía sobre cualquier
otra. Es obligatoria en toda la tierra, en todos los países y en todos los tiempos;
ninguna ley humana tiene valor si la contradice, y aquellas que son válidas derivan
toda su fuerza, todo su valor y toda su autoridad mediata e inmediatamente de
ella; en consecuencia:
DECIDIMOS:
Que todas aquellas leyes que sean conflictivas en alguna manera con la
verdadera y sustancial felicidad de la mujer, son contrarias al gran precepto
de la naturaleza y no tienen validez, pues este precepto tiene primacía
sobre cualquier otro.
Que todas las leyes que impidan que la mujer ocupe en la sociedad la
posición que su conciencia le dicte, o que la sitúen en una posición inferior
a la del hombre, son contrarias al gran precepto de la naturaleza y, por lo
tanto, no tienen ni fuerza ni autoridad.
Que la mujer es igual al hombre - que así lo pretendió el Creador- y que por
el bien de la raza humana exige que sea reconocida como tal.
Que las mujeres de este país deben ser informadas en cuanto a las leyes
bajo la cuales viven, que no deben seguir proclamando su degradación,
declarándose satisfechas con su actual situación ni su ignorancia,
aseverando que tienen todos los derechos que desean.
Que puesto que el hombre pretende ser superior intelectualmente y admite
que la mujer lo es moralmente, es preeminente deber suyo animarla a que
hable y predique en todas las reuniones religiosas.
Que la misma proporción de virtud, delicadeza y refinamiento en el
comportamiento que se exige a la mujer en la sociedad, sea exigido al
hombre, y las mismas infracciones sean juzgadas con igual severidad, tanto
en el hombre como en la mujer.
Que la acusación de falta de delicadeza y de decoro con que con tanta
frecuencia se inculpa a la mujer cuando dirige la palabra en público,